En la previa de la última fecha de la fase de grupos, se resolvieron las sanciones del Torneo Provincial de Fútbol «25 Años del Pro.Vida» en la que algunos de los protagonistas no podrán estar en el comienzo de los cuartos. Además hubo protesta de puntos.
BOLETÍN OFICIAL
A) PRIMERA DIVISIÓN – QUINTA FECHA:
1) JUGADORES de PRIMERA DIVISIÓN CON CUATRO
AMARILLAS ACUMULADAS:
Matías SOSA DNI 33.242.618 C.A. All Boys
Facundo CALAGIO, DNI 37.824.620 Deportivo Rivera
2) INFORMES ARBITRALES PRIMERA DIVISIÓN – QUINTA FECHA:
I. Partido entre Club A. All Boys e Independiente de Gral. Pico:
CONSIDERANDO:
Que del informe arbitral surge que: “….a los 30 minutos del
segundo tiempo expulso del banco de suplentes al ayudante de campo
señor Gonzalez Gustavo DNI 23.972.348del Club All Boys por ingresar al
terreno de juego sin autorización… POR ELLO SE RESUELVE: Encuadrar
la conducta del Ayudante de Campo Señor Gonzalez Gustavo, DNI
23.972.384 del Club A. All Boys descripta en la disposición del art. 190 por
remisión del art. 260 del Reglamento y sancionar al mismo con DOS (2)
fechas de suspensión para asistir a encuentros oficiales.-
Además, surge del informe arbitral que: “…a los 34 minutos
del segundo tiempo expulso del terreno de juego al jugador no 7 señor
Rosales Gastón DNI 37.826.084 del Club All Boys, por doble amonestación,
la primera por protestar fallo y la segunda por simular…” POR ELLO SE
RESUELVE: Encuadrar la conducta del Jugador Nro. 7 Rosales Gastón
DNI 37.826.084 del Club All Boys descripta en la disposición del art. 207
inc. m) del Reglamento y sancionar al mismo con Una (1) fecha de
suspensión para disputar encuentros oficiales.-
II. Partido entre Deportivo Rivera y Unión Deportiva Vertiz.-
CONSIDERANDO:
Que del informe arbitral surge que: “…a los 22… del segundo
tiempo expulso al Jugador Nro 12..Sr Balcarce Marcos Agustín DNI
43.415.896 del Club U.Dep. Vertiz, motivo aplicar una patada a un jugador
adversario cuando este fue a buscar el balón fuera del campo de juego
donde se encontraban los suplentes del Club U. Vertiz calentando o sea
entrando en calor con el profe y cuando lo expulso se dirige hacia mi
persona diciéndome “que me hechas hijo de puta son todos chorros,
llegando al vestuario pateo la puerta del vestuario visitante…” POR ELLO
SE RESUELVE: Encuadrar la conducta del Jugador Nro. 12 DNI
43.415.896 del Club U. Deportiva Vertiz descripta en la disposición del art.
61 y 185 del Reglamento y sancionar al mismo con TRES (3) fecha de
suspensión para disputar encuentros oficiales.-
Además, surge que: “… a los 46 minutos… del segundo
tiempo expulso del campo de juego al jugador nro 10, Sr Guerra Fernando
(DNI 36.313.657) del Club U. Vertiz (doble amarilla) primera oportunidad
(juego brusco) y segunda oportunidad (protestar fallo), luego de ser
expulsado se dirigió hacia mi persona diciéndome (hijo de puta, chorro, la
concha de tu madre, negro de mierda, te tendría que cagar a trompada
cuanto te pagaron…” POR ELLO SE RESUELVE: Encuadrar la conducta
del Jugador Nro. 10 DNI 36.313.657 del Club U. Deportiva Vertiz descripta
en la disposición del art. 61 y 185 del Reglamento y sancionar al mismo con
DOS (2) fecha de suspensión para disputar encuentros oficiales.-
Asimismo, surge que: “…a los 48 minutos del segundo tiempo
expulso del campo de juego al jugador nro. 6, Sr Pérez Marcos (DNI
39.053.359) del Club U. Vertiz (doble amarilla) motivo primera oportunidad
(juego brusco) segunda (protestar fallo) una vez expulsado me dice (sos un
hijo de puta, te voy a cagar a trompada la concha de tu madre, negro de
mierda)…” POR ELLO SE RESUELVE: Encuadrar la conducta del Jugador
Nro. 6 DNI 39.053.359 del Club U. Deportiva Vertiz descripta en la
disposición del art. 61 y 185 del Reglamento y sancionar al mismo con DOS
(2) fecha de suspensión para disputar encuentros oficiales.-
Por último, se informa que: “… a los 50 minutos del segundo
tiempo expulso del banco de sustitutos visitante al DT Sr Mauril Diego DNI
25.882.178 motivo (dale cobrame una seguí así la concha de tu madre,
déjate de joder y luego de expulsado me dice “sos un negro de mierda,
chorro”…” POR ELLO SE RESUELVE: Encuadrar la conducta del DT Sr
MAURIL, Diego DNI 25.882.178 Del Club U. Deportiva Vertiz descripta en la
disposición del art. 185 por remisión del art. 260 del Reglamento y
sancionar al mismo con DOS (2) fecha de suspensión para asistir a
encuentros oficiales.-
III. Partido entre Estudiantil de E. Castex e
Independiente de Doblas:
CONSIDERANDO:
Que del informe arbitral surge que: “…a los 44 minutos de
juego expulso al jugador nro 3 del Club Independiente Sr Bonomo Alfredo
DNI 29.323.413 por aplicarle un manotazo a la altura de la cara a un
adversario sin causarle lesión aparente, estando el balón en disputa entre
ambos….” POR ELLO SE RESUELVE: Encuadrar la conducta del jugador
Nro. 3, Sr Bonomo, Alfredo, DNI 29.323.413 en la descripta en la
disposición del artículo 200 inc a) 1. del reglamento y sancionar al mismo
con DOS (2) fechas de suspensión para disputar encuentros oficiales en el
ámbito del Torneo Provincial
Además se informa que: “….a los 76 minutos de juego expulso
al jugador nro. 11 del Club Independiente Sr Gehl Arturo dni 29.798.099 por
doble amonestación, ambos motivos conducta antideportiva (.B)…. POR
ELLO SE RESUELVE: Encuadrar la conducta del Jugador Nro. 11 GEHL
Arturo DNI 29.798.099 del Club Independiente de Doblas descripta en la
disposición del art. 207 inc. m) del Reglamento y sancionar al mismo con
Una (1) fecha de suspensión para disputar encuentros oficiales.-
Asimismo, se informa que: “….a los 83 minutos de juego
expulso al preparador físico del Club Independiente Sr Marco Joel DNI
34.707.954 por ingresar al campo de juego sin autorización, una vez
expulsado camino hacia la zona del túnel para ingresar a los vestuarios
patea una balón que estaba en la mitad de la cancha con dirección hacía mi
asistente Nro. 1, Sra Correa Jessica, sin llegar a golpearla…” POR ELLO
SE RESUELVE: Conceder al Sr Marco Joel DNI 34.707.954 el plazo de
cinco días hábiles para efectuar el descargo correspondiente bajo
apercibimiento de darle por decaído el derecho que ha dejado de usar, sin
perjuicio de la inhabilitación temporaria prevista en el artículo 154 del
Reglamento por remisión del artículo 260.
IV. Partido entre Independiente de J. A. y Alvear F. Club:
CONSIDERANDO:
Que del informe arbitral surge que: “a los 17 minutos del
primer tiempo expulso del terreno de juego al jugador nro. 3 Sr Barreto
Gonzalo DNI 39.673.481 del Club Ind. Araoz (local) con roja directa por
aplicar una zancadilla desde atrás a un jugador adversario encontrándose el
balón en disputa (juego brusco grave)….” POR ELLO SE RESUELVE:
Encuadrar la conducta del jugador Nro. 3 Sr Barreto Gonzalo, DNI
39.673.481 del Club Independiente de J. Araoz en la descripta en la
disposición del artículo 200 inc. a) 3. del reglamento y sancionar al mismo
con DOS (2) fechas de suspensión para disputar encuentros oficiales en el
ámbito del Torneo Provincial
Además, se informa que: “ … a los 45 minutos del primer
tiempo expulso del terreno de juego al jugador nro. 8 Sr Bertaina Axel DNI
34.920.443 del Club Alvear F.C. (visitante) con roja directa por aplicar un
golpe de puño a un jugador adversario sin encontrarse el balón en disputa
(conducta violenta)…” POR ELLO SE RESUELVE: Encuadrar la conducta
del jugador Nro. 8 Sr Bertaina Axel, DNI 34.920.443 del Club Alvear F.C. en
la descripta en la disposición del artículo 200 inc a) 1. del reglamento y
sancionar al mismo con TRES (3) fechas de suspensión para disputar
encuentros oficiales en el ámbito del Torneo Provincial
Por último se informa que: “…a los 45 minutos del primer
tiempo expulso del banco de sustitutos al jugador nro. 13 Sr Bonjour DNI
36.202.436 del Club In. Arauz (Local) con roja directa por protestar en
forma…diciéndole al AA1 sos un caradura los tienen que expulsar a todos,
déjate de joder (conducta antideportiva) …” POR ELLO SE RESUELVE:
Encuadrar la conducta del Jugador Nro. 13 DNI 36.202.436 del Club Indep.
J.A. descripta en la disposición del art. 61 y 186 del Reglamento y sancionar
al mismo con UNA (1) fecha de suspensión para disputar encuentros
oficiales.-
B) SUB – 20 – 5TA FECHA:
1. JUGADORES del SUB-20 CON CUATRO
AMARILLAS ACUMULADAS:
Agustín VILLALBA DNI 41.037.122, Alvear Football Club.
2. INFORMES ARBITRALES SUB – 20 – QUINTA FECHA.
I. Partido entre Estudiantil de Castex e Independiente de Doblas:
CONSIDERANDO:
Que del informe arbitral surge que “A los 80 minutos de juego
expulso al jugador N° 2 MANA Kevin, DNI 42.584.064 del Club Estudiantil
por doble amonestación, ambas por conducta antideportiva, sujetar
casaca…” POR ELLO SE RESUELVE: Encuadrar la conducta del Sr.
Kevin MANA, DNI 42.584.064, del Club Estudiantil en la descripta en la
disposición del artículo 207 inc. a) del Reglamento y sancionar al mismo
con UNA (1) fecha de suspensión para disputar encuentros oficiales en el
ámbito del Torneo Provincial.
Que del informe citado también surge que: “…A los 92 minutos
de juego me llama mi asistente N° 1 Sr. Hernández Rodrigo, para
informarme que el DT del equipo local Sr. PARISI DANIEL, DNI 18.659.807,
protesta los fallos arbitrales de manera reiterada y a viva voz; usando
textuales palabras “Que mierda hace esta pelotuda…” Por lo cual procedo a
expulsarlo; pidiendo que se retire del campo de juego, a lo cual reacciona
con insultos y avanzando hacia mi persona y poniéndose cara a cara
conmigo donde en uno de sus avances llega a darme un golpe con su
frente, en ese momento intercede mi asistente N° 1 para quitarme al Sr.
PARISI de encima, donde vuelve a reaccionar contra mi asistente con
amenazas e insultos utilizando textuales palabras: “Que me tocas, a vos
también te voy a cagar a trompadas cuando te vea”. Como el Sr. PARISI no
cesa con su comportamiento agresivo, interviene la fuerza policial y lo
retiran a través de forcejeos y continuando con insultos haciendo uso de
lenguaje obsceno e injurioso, con textuales palabras: “conchuda de mierda,
no podes dirigir nada, hija de puta, negra mugrienta…” POR ELLO SE
RESUELVE: Conceder al D.T. Daniel PARISI, DNI 18.659.807 del Club
Estudiantil de Eduardo Castex un plazo de cinco (5) días para efectuar el
correspondiente descargo sobre la situación planteada, bajo apercibimiento
de dar por decaído el derecho a ejercer su defensa, sin perjuicio de la
inhabilitación temporaria prevista en el artículo 154 del Reglamento por
remisión del artículo 260.
II. Partido entre Independiente de Jacinto Arauz y Alvear Football Club:
CONSIDERANDO:
Que del informe arbitral surge que “… a los 30 minutos del 1°
tiempo expulso del terreno de juego al jugador N° 4 Sr: ARTUS, Santiago
DNI 44.416.917 del Club Independiente por empujar a un jugador rival y
amagándole a pegar…”POR ELLO SE RESUELVE: Encuadrar la conducta
del Sr. Santiago ARTUS, DNI 44.416.917 del Club Independiente en la
descripta en la disposición del artículo 200, inc. a) 11°) del Reglamento y
sancionar al mismo con DOS (2) fechas de suspensión para disputar
encuentros oficiales en el ámbito del Torneo Provincial.
Que del informe arbitral mencionado surge que: “… a los 18
minutos del 2° tiempo expulsó por doble amonestación, ambas por juego
brusco al jugador N° 4 Sr: BETANZO, Luciano DNI 42.779.369 del Club
Alvear Football Club…”. POR ELLO SE RESUELVE: Encuadrar la
conducta del Sr. Luciano BETANZO, DNI 42.779.369 del Club Alvear
Football Club en la descripta en la disposición del artículo 207 inc. m) del
Reglamento y sancionar al mismo con UNA (1) fecha de suspensión para
disputar encuentros oficiales en el ámbito del Torneo Provincial.
Asimismo, se informa que “…a los 43 minutos del 2° tiempo
expulsó por doble amonestación, ambas por juego brusco al jugador N° 7
SR: LESCANO, Héctor DNI 44.446.976 del Club Independiente…”.POR
ELLO SE RESUELVE: Encuadrar la conducta del Sr. Héctor LESCANO,
DNI 44.446.976 del Club Independiente en la descripta en la disposición del
artículo 207 inc. m) del Reglamento y sancionar al mismo con UNA (1)
fecha de suspensión para disputar encuentros oficiales en el ámbito del
Torneo Provincial.
Finalmente, surge del informe arbitral que “…una vez
finalizado el partido el D.T. local (Independiente) Sr: BORBA, Adeval DNI
94.207.362 se fue expulsado por armar disturbio con los jugadores
visitantes por lo cual tuvo que intervenir la custodia policial.” POR ELLO SE
RESUELVE: Encuadrar la conducta del D.T. Adeval BORBA, DNI
94.207.362 del Club Independiente en la descripta en la disposición del
artículo 263 inc. k) y sancionar al mismo con TRES (3) de suspensión para
asistir a encuentros oficiales en el ámbito del Torneo Provincial.
III. Partido entre Allboys de Santa Rosa e Independiente de Gral. Pico:
CONSIDERANDO:
Que del informe arbitral surge que “A los 40 minutos del
Primer tiempo expulso del terreno de juego al jugador N° 1 Sr. Monasterio
Josu del Club Allboys DNI 42.798.740 por juego brusco grave sale a
disputar el balón y como no puede controlarlo en la misma carrera golpea al
adversario con ambas rodillas a la altura del pecho…” POR ELLO SE
RESUELVE: Encuadrar la conducta del Sr. Josu MONASTERIO, DNI
42.798.740 del Club All boys en la descripta en la disposición del artículo
200 inc. a) 4°) del Reglamento y sancionar al mismo con DOS (2) fechas de
suspensión para disputar encuentros oficiales en el ámbito del Torneo
Provincial.
Que del citado informe surge que: “…Transcurrido los 9
minutos del segundo tiempo expulso al jugador N° 6 Sr. García Vargas
Franco del Club All boys DNI 42.915.758 por conducta violenta, da un golpe
sobre el rostro a un adversario estando el balón en disputa entre ambos…”
POR ELLO SE RESUELVE: Encuadrar la conducta del Sr. Franco
GARCIA VARGAS, DNI 42.915.758, del Club All boys en la descripta en la
disposición del artículo 200 inc. a) 1°) del Reglamento y sancionar al
mismo con DOS (2) fechas de suspensión para disputar encuentros
oficiales en el ámbito del Torneo Provincial.
Asimismo, se informa que “…A los 22 minutos del segundo
tiempo expulso al jugador N° 7 Sr. Pérez Tomas del Club Independiente de
Gral. Pico DNI 42.584.039 por juego brusco grave, se tira con ambos pies
hacia adelante para disputar el balón con adversario y barre ambas piernas
del jugador adversario…” POR ELLO SE RESUELVE: Encuadrar la
conducta del Sr. Tomas PEREZ, DNI 42.584.039, del Club Independiente
de Gral. Pico en la descripta en la disposición del artículo 200 inc. a) 8°)
del Reglamento y sancionar al mismo con DOS (2) fechas de suspensión
para disputar encuentros oficiales en el ámbito del Torneo Provincial.
Seguidamente se informa que “…A los 39 minutos del
segundo tiempo expulso al jugador N° 10 del club All boys Sr. Pratdessus
Nicolás DNI 43.150.059 por doble amonestación ambas j. brusco…”. POR
ELLO SE RESUELVE: Encuadrar la conducta del Sr. Nicolas Pratdessus,
DNI 43.150.059, del club All boys en la descripta en la disposición del
artículo 207 inc. m) del Reglamento y sancionar al mismo con UNA (1)
fecha de suspensión para disputar encuentros oficiales en el ámbito del
Torneo Provincial.
Se informa también que “…A los 41 minutos del segundo
tiempo expulso al jugador N° 3 del club Allboys Sr. Rambur Agustín DNI
43.116.675 por conducta violenta le pega un pisotón de atrás a un
adversario estando el balón detenido en otro sector…” POR TODO ELLO
SE RESUELVE: Encuadrar la conducta del Sr. Agustín RAMBUR, DNI
43.116.675 del Club All boys en la descripta en la disposición del artículo
200 inc. a) 9°) del Reglamento y sancionar al mismo con DOS (2) fechas
de suspensión para disputar encuentros oficiales en el ámbito del Torneo
Provincial.
Se agrega en el informe que “…finalizado el partido se cruzan
ambos equipos y el enfermero Sr. Alejandro Sanchez M.P. 4050 intenta
agredir a un jugador adversario tirándole varios golpes de puño no llegando
a destino…” POR TODO ELLO SE RESUELVE: Encuadrar la conducta del
Enfermero Sr. Alejandro SANCHEZ, M.P. 4050, en la descripta en la
disposición del artículo 202 inc. b) del Reglamento, por remisión del artículo
260, y sancionar al mismo con TRES (2) fechas de suspensión para asistir
a encuentros oficiales en el ámbito del Torneo Provincial.
Finalmente se informa que “…El jugador N° 13 Sr. Cortez
Enzo del Club All boys DNI 43.150.046 también intenta agredir a los
adversarios tirando trompadas y patadas sin llegar a destino…” POR TODO
ELLO SE RESUELVE: Encuadrar la conducta del Sr. Enzo CORTEZ, DNI
43.150.046, del Club All boys en la descripta en la disposición del artículo
202 inc. b) del Reglamento y sancionar al mismo con TRES (3) fechas de
suspensión para disputar encuentros oficiales en el ámbito del Torneo
Provincial.
3. COMUNIQUESE:
En caso de que las sanciones aplicadas superen en el tiempo
la participación de los equipos que integran los jugadores y Cuerpo
Técnicos suspendidos, deberá comunicarse a la liga correspondiente a fin
de que cumplan con la pena restante.-
ANEXO ACTA OFICIAL No CINCO /18 E.P.F.T.D.
En la ciudad de Santa Rosa provincia de La Pampa, a los 14 días del mes
de Marzo de 2018, siendo las 11:30 hs, en el marco del Torneo Provincial de
Fútbol 2018 «25 AÑOS DEL PROVIDA» se encuentran reunido en forma
extraordinaria el Tribunal de Disciplina integrado por los Sres. José Ignacio DE LA
IGLESIA, Sebastián BERNARDI y Sebastián M. ASSAD.
A) PROTESTA DE PARTIDO:
VISTO: Que en el día la fecha se recibió la protesta del Club Unión
Deportiva Vertiz respecto al partido disputado el día domingo 11 de Marzo
del ctte año en la categoría 1998 entre la entidad mencionada y el Club
Deportiva Rivera.- Que el reclamo consiste en que el jugador TODINO
Germán DNI 42.293.345 firmo la planilla del partido mencionado (jugador
Nro 3) y no figura en la lista de buena.-
CONSIDERANDO: Que encontrándose el Torneo en la fase próxima a
determinar las clasificaciones a las instancias finales y a los fines de no
entorpecer el normal desarrollo del torneo en su fase final, se le imprime el
presente el carácter de trámite sumarísimo y por ende;
SE RESUELVE: 1.CONCEDER al Club Deportivo Rivera el plazo de 48 hs.
de publicado el presente Anexo, para que efectúe el descargo
correspondiente bajo apercibimiento de dar por decaído el derecho, PONGASE a disposición del Club Deportivo Rivera el escrito de descargo y
la documentación acompañada.-
